Por José Yorg, el cooperario.
“El hombre es un animal político” Aristóteles. Se deduce fácilmente de esta frase que, sin el aspecto político de su condición, el hombre y la mujer, regresan a su condición de animales.
“El cual a diferencia de los otros animales posee la capacidad de relacionarse políticamente, es decir, crear sociedades y organizar la vida en ciudades «polis» en griego”. htttps://es.wikipedia.org/wiki/Zoon_politik%C3%B3n
La escasa o directamente nula bibliografía sobre el asunto del derecho político cooperativo, y su forma ejecutorial por los asociados, nos obliga a dar pasos lentos en el análisis que-a nuestro juicio-urge, en consecuencia los elementos a examinar son reducidos. Estamos en una primera aproximación temática.
De la lectura de los términos de la Ley de cooperativas argentina y de los valores y principios cooperativos, concluimos la esencia del derecho político cooperativo en cuanto refleja la forma de organizarse cooperativamente las personas, como organización libre del pueblo, tal lo contempla la Constitución nacional argentina, la participación de los/as asociados/as y sus intereses económico y social se refiera.
Se deduce que contempla de forma peculiar la organización empresarial cooperativa y su conformación, al mismo tiempo como movimiento social. La estructura organizativa interna, denominada órganos sociales: Asamblea, Consejo Administrativo, Sindicatura y demás órganos creados, como ser Comisión de educación, etc., el mandato de estos componentes, asimismo el mecanismo democrático de control y la revocación de mandatos, expresan lo político, en realidad, estos órganos nombrados como órganos sociales, son órganos políticos.
Asumimos que es ese el marco donde se debe centrar el debate sobre la dimensión política de las cooperativas, igual mirada sobre los valores y principios. Empezando por la definición de cooperativa:
“Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada”. Está definición es una definición que expresa una decisión política de las personas que se unen, sean cual fueren sus motivaciones internas y particulares.
El carácter autónomo de las empresas cooperativas con respecto al Estado y otros organismos o conglomerados, expone una decisión política y filosófica, pero está ausente el aspecto político, pues cita “las aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes”, “olvidando lo político, esencia del ser humano.
Tomemos en consideración otro principio: Compromiso con la comunidad
La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros. Este principio sí y de manera efectiva expresa la línea política.
Valores cooperativos:
Los valores que rigen a las cooperativas son la ayuda mutua, la responsabilidad, la democracia, la igualdad, la equidad y la solidaridad. Siguiendo las ideas concebidas por los “pioneros” de Rochdale, los miembros de una cooperativa deben creer en valores éticos como la honestidad, la transparencia, y la responsabilidad social.
Estos valores señalan una guía conceptual y actitudinal en aras de una conciencia cooperativa, superadora a la visión conceptual del liberalismo individualista y competitivo, centrado en la ley del más fuerte, del dejar hacer, dejar pasar, el egoísmo como motor de la vida en la sociedad. Ambas concepciones responden antagónicamente a filosofías políticas.
Conclusión abierta
Concluimos de la lectura del libro de Paul Lambert “La Doctrina Cooperativa” que el enjuiciamiento de la observancia sobre las consecuencias derivadas del capitalismo en su etapa industrial sobre sus propias vidas y la de los desposeídos resultó altamente negativa para los Pioneros de Rochdale, y puesto que ello fue así, objetivamente cierto, decidieron volcar sus esfuerzos en la constitución de una organización que les proporcionara satisfacción a sus necesidades: ¡Tomaron una decisión política!
Los llamados Pioneros de Rochdale observaron tal y como se les presentaba la realidad circundante y analizaron desde el punto de vista de sus creencias socialistas, y concluyeron que ese mundo era negativo, por tanto, tomaron una decisión política y fundaron su almacén cooperativo.
Lambert señala además que “La ciencia explica lo real, la doctrina juzga y propone diversos cambios para mejorar lo real”.
“Esta distinción entre ciencia y doctrina no implica preferencia hacia una u otra: ciencia y doctrina son complementarias y tienen una importancia similar para el destino de los hombres”.
- D. C. Gohedart, presidente de la ACI., nos recuerda el aspecto moral de la cooperación-en la Revista de la Cooperación Internacional. Vn 28-N° 2- 1995:
“Tenían tras ellos la terrible experiencia de las condiciones de vida y trabajo que habían prevalecido durante y después del periodo de la Revolución Industrial. Eran conscientes, por experiencia, que los más pobre de los pobres eran esquilmados por los intermediarios quienes le cobraban precio de usurero para entregarles productos adulterados, robarles en el peso y extorsionarlos con los precios a cambio de sus miserables salarios. Esta fue la moral perversa que les dio fuerza y coraje para comenzar a luchar contra esas condiciones adversas y continuar hasta lograr un resultado satisfactorio. Esta fue también la razón por la que se esforzaron por analizar las causas de las injusticias económicas en la que vivían y buscar los medios de terminar con ese viejo orden perverso en sus causas”.
Principio poco difundido: La aspiración de conquista.
“La aspiración de conquista: Queriendo, con sus métodos propios; servir a sus miembros y a la colectividad entera, la cooperación tiende a conquistar y transformar la organización económica y social del mundo”. Paul Lambert-La Doctrina cooperativa.
“La ACI, continuando con la obra de los Pineros de Rochdale, y según sus principios, persigue, con toda independencia y por sus propios medios, la sustitución del régimen de empresas privadas con fines de lucro por un régimen cooperativo organizado en interés del conjunto de la comunidad y basado sobre la ayuda mutua”. Paul Lambert-La Doctrina cooperativa.
¡En la fraternidad, un abrazo cooperativo!
0 comentarios